Plan Regulador
A finales de 1995, la Municipalidad Vázquez de Coronado en un esfuerzo por lograr un mejor ordenamiento y planificación del uso del suelo en el cantón, decidió iniciar un proceso para la elaboración, aprobación y puesta en marcha de un Plan Regulador. Para tal efecto creó una Comisión de Planificación y Desarrollo, que se encargó con el Concejo Municipal, de coordinar y promover el proceso de elaboración. Debe entenderse este esfuerzo como parte de una estrategia para la protección de los recursos naturales y particularmente hídricos de la parte norte de la Gran Area Metropolitana (GAM). Vázquez de Coronado es un cantón ubicado dentro de la Gran Area Metropolitana, en la que la principal regulación regional existente en lo urbano se establece en el Decreto Nº 25902-MIVAH-MP-MINAE, que indica dos áreas fundamentales: la Zona de Desarrollo Urbano (de vocación residencial) y la Zona Especial de Protección (con una vocación agrícola y forestal). Entre ambas zonas , existe un Cinturón o Anillo de Contención , que las separa y restringe la aparición de nuevas urbanizaciones en la parte alta del cantón. Sin embargo, este Decreto, de gran importancia para el cantón, puede en cualquier momento ser modificado por disposiciones de tipo político o económico, que no necesariamente pueden tener relación con los intereses cantonales . Por tal razón el Plan Regulador, que debe ser una iniciativa local y reflejo de lo que su comunidad quiere para el futuro del cantón, una vez publicado en el Diario Oficial La Gaceta sustituye a la Normativa del Plan Regional de la Gran Area Metropolitana.
Un Plan Regulador es un instrumento que tiene la Municipalidad para planificar el uso del suelo de una forma ordenada y adecuada, y que establece zonas y usos posibles dentro de ellas, bajo criterios de compatibilidad. En otras palabras, define zonas donde se puede ubicar la industria, las viviendas, el comercio, los usos agropecuario, etc.
Sus principales componentes son:
* Zonificación: Que establece usos o actividades permitidas en el cantón, con sus respectivos requisitos urbanísticos y constructivos.
* Vialidad: Que establece los derechos de vía para las vías existentes y propuestas.
* Facilidades Comunales: Que se refiere a la dotación de infraestructura comunal necesaria para la implementación del Plan Regulador y de conformidad a las estimaciones de población realizadas.
El Plan Regulador Vázquez de Coronado sustenta su propuesta en tres conceptos prioritarios:
* Participación ciudadana: El cantón y Municipio debe reconocer que la base de un desarrollo planificado esta en el acceso de la sociedad civil a la toma de decisiones, es decir el concepto de GOBIERNO LOCAL entendido como un espacio de concertación en donde las Fuerza Vivas del cantón participen en el análisis, planificación e implementación de sus alternativas de solución a su realidad.
* Descentralización y Fortalecimiento Local: Aunado a la participación se ha establecido el rescate del papel de los Concejos de Distritos, como órganos políiticos de integración y deliberación a nivel comunal, programando los procesos de inversión municipal en dicho campo e integrando a los diferentes grupos organizados en cada distrito. Además la modernización municipal ha implicado el esfuerzo realizado en la aprobación de instrumentos que faciliten la toma de decisiones a nivel cantonal, como el Plan Regulador y la reestructuración Administrativa Municipal orientada a la eficiencia y calidad en los servicios para los contribuyentes.
* Medio Ambiente: Implica el reconocimiento de la dotación de recursos naturales con que cuenta el cantón y la necesidad de mejorar la calidad de vida. Nuestro cantón presenta una extensión territorial de 222.20 km2, de los cuales más del 80% se encuentra protegido bajo las regulaciones de la Reserva Forestal Cordillera Volcánica Central, El Parque Nacional Braulio Carrillo y el Parque Nacional Volcán Irazú; aproximadamente el 12 % corresponde a la denominada Zona Agropecuaria y un 8% a los terrenos ubicados dentro de la Zona de Desarrollo Urbano.
La propuesta de Zonificación establece una disminución de la densidad residencial y poblacional, de la parte suroeste del cantón (Patalillo) hasta las partes más altas en Cascajal , Patio de Agua, y las áreas de conservación: Zona de Parques Nacionales (15 Hectáreas mínimo), Zona de Cautela Ecológica (15 Hectáreas mínimo), y Zona Agropecuaria (2 Hectáreas).
Una comparación entre las densidades propuestas por ambas reglamentaciones nos permite realizar una mejor valoración al respecto:
Lote minimo permitido
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Zona
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Plan Regulador Coronado
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Plan GAM
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Zona Parques Nacionales
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No establece
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No establece
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Zona de Cautela Ecológica
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15 hectáreas
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150 m2 frente a calle publica, 5 has y 7000 m2 por parcela agropecuaria
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Zona de Restricción Agricola
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15 hectáreas
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150 m2 frente a calle publica, 5 has y 7000 m2 por parcela agropecuaria
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Zona Agropecuaria
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2500 m2 frente a calle publica y 2 hectáreas
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150 m2 frente a calle publica, 5 has y 7000 m2 por parcela agropecuaria
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Zona de Control Urbano
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180 m2
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150 m2
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Zona de Control Urbano Manantial
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180 m2
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150 m2
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Zona de Control Urbano Las Nubes
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180 m2
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120 m2
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Zona Cascajal
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180 m2
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150 m2
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Zona de Parcelas Agrícolas
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1 hectárea
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150 m2 frente a calle publica, 5 has y 7000 m2 por parcela agropecuaria
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Zona de Cauces
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No se permite
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120 m2
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Zona Residencial de Baja Densidad
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900 m2, 5000 m2 y 1 hectárea
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120 m2
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Zona Residencial Casco de San Isidro de Coronado
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300 m2
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120 m2
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Zona del Entorno
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450 m2
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120 m2
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Zona de Comercio Mixta
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450 m2
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120 m2
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Zona Lineal de Residencia, Servicios y Comercio de Baja Intensidad
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800 m2
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120 m2
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Zona Lineal de Comercios y Servicos de San Antonio
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480 m2
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120 m2
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Zona Industrial Comercial
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300 m2
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120 m2
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Zona Comercial, Residencial e Industrial
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180 m2
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120 m2
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Zona de Servicios Institucionales
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No se define
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120 m2
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Zona Residencial de Alta Densidad
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180 m2 y 360 m2
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120 m2
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El Plan Regulador Vázquez de Coronado fue publicado y aprobado por el Concejo Municipal y fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 78, del 23 de abril de 1998, a partir de entonces entrá en vigencia. La Municipalidad dispone de un Departamento de Ingeniería y una Unidad Técnica de Planificación, que se encarga no sólo de la aplicación del Plan Regulador y demás aspectos urbanos, sino que brinda una permanente asesoría al usuario de los servicios municipales pertinentes. Destaca la importancia de la participación de las fuerzas vivas no sólo en la gestión de obras y proyectos planteados por el Plan, sino en la fiscalización del proceso de urbanización y su correspondencia con la nueva reglamentación existente.